Permaneció casi tres meses privada de libertad en Río de Janeiro y volvió a Santiago del Estero el 2 de abril de 2026, después de que un tribunal de segunda instancia le concediera un habeas corpus que le permitió recuperar el pasaporte y levantar la vigilancia con tobillera electrónica (según La Nación).
¿Qué pasó y cuáles son los datos centrales?
La información pública disponible indica tres hechos verificables: estuvo detenida casi tres meses en Brasil, obtuvo la libertad mediante un habeas corpus y pagó una caución de 60 salarios mínimos nacionales —aproximadamente US$20.000— para poder volver al país (según La Nación, 2/4/2026). Esos números importan porque no son solo anécdota: 60 salarios mínimos representan una carga económica concreta y la duración de la privación de libertad configura una experiencia procesal que exige explicación. Vemos además que la resolución de la segunda instancia revirtió la postura del juez de primera instancia por entender que la permanencia forzada ya no tenía base probatoria (según La Nación), lo que plantea preguntas institucionales sobre la proporcionalidad de medidas cautelares en procesos con pruebas en curso.
¿Qué cambió con el habeas corpus y cómo funciona en la práctica?
El habeas corpus concedido por el tribunal de segunda instancia resultó determinante: permitió la remoción de la tobillera, la devolución del pasaporte y la salida del país (según La Nación). En términos prácticos, la medida judicial motiva que la restricción de movimiento —que suele justificarse por riesgo de fuga o entorpecimiento probatorio— debe estar fundada en hechos concretos y temporales. Aquí, el tribunal entendió que, concluida la fase de recolección de pruebas, mantener a la profesional bajo vigilancia estricta se transformaba en un ‘constrangimento ilegal flagrante’ (cita textual del fallo, según La Nación). Esto importa para futuros casos: obliga a los juzgados a justificar con más precisión la continuidad de medidas coercitivas cuando la etapa probatoria está avanzada.
¿Qué rol tuvieron el Estado argentino y la exposición pública?
A su regreso Páez se reunió con su abogada y recibió la atención consular y política —la nota registra un encuentro con la senadora Patricia Bullrich— e imágenes de su abrazo familiar en el aeropuerto (según La Nación). La exposición pública funciona en doble sentido: puede acelerar la visibilización consular y política del caso, pero también puede tensionar procesos judiciales extranjeros y convertir la defensa en espectáculo. Desde la perspectiva institucional, lo deseable es que la protección consular asegure acceso a asistencia legal y a traducción, sin interferir en la independencia judicial del país receptor. Pedimos además transparencia: corresponde que el consulado informe públicamente las gestiones realizadas y los plazos en que intervino.
Qué queda por responder y por qué importa para otros argentinos en el exterior
Quedan preguntas concretas: cuál es el estado procesal formal de la causa en Brasil, si habrá acusación formal y cuándo (La Nación no detalla el calendario procesal); qué pruebas motivaron la detención inicial y por qué la segunda instancia consideró que ya no había fundamento para la permanencia; y cómo se justificó la caución de 60 salarios mínimos en términos procesales. Esas preguntas no son menores: establecen un precedente para cómo se aplican medidas cautelares a ciudadanos argentinos en procedimientos penales extranjeros y tienen impacto humano y económico —la caución de 60 salarios mínimos, según la nota, alcanzó unos US$20.000. Exigimos claridad procesal y transparencia consular para que casos semejantes no terminen dependiendo solo de la visibilidad mediática o del costo que el detenido pueda afrontar.
En resumen: el regreso de Páez confirma que las garantías procesales y la proporcionalidad de las medidas cautelares son temas clave cuando argentinos enfrentan procesos en el exterior. Los datos —60 salarios mínimos (≈US$20.000) y casi tres meses de detención (según La Nación)— obligan a exigir explicaciones públicas y documentación clara sobre las decisiones judiciales y las gestiones diplomáticas que permitieron su retorno.