El 23 de abril de 2026 la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo restableció la aplicación de más de 80 artículos de la reforma laboral, otorgando efecto suspensivo a la cautelar que un juez de primera instancia había dictado en marzo (El Ciudadano, 23/4/2026). Con esa resolución, la ley sancionada a fines de febrero vuelve a regir mientras el tribunal de alzada define la disputa de fondo. Entre las medidas más polémicas se cuentan el nuevo cálculo de las indemnizaciones y el Fondo de Asistencia Laboral, que exige a los empleadores un aporte de entre 1% y 3% sobre los salarios para financiar despidos (El Ciudadano, 23/4/2026).
¿Qué decidió la justicia y qué permanece en discusión?
La cámara otorgó efecto suspensivo a la apelación del gobierno contra la medida cautelar planteada por la CGT, por lo que la suspensión ordenada por el juez Raúl Ojeda en marzo quedó momentáneamente sin efecto (El Ciudadano, 23/4/2026). Esto no resuelve la cuestión de fondo: el tribunal de alzada deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad de artículos que, según la CGT, afectan derechos como el de huelga. Observamos una secuencia rápida: la ley fue aprobada por el Congreso a fines de febrero; en marzo un juez concedió la cautelar que suspendía buena parte de la ley; y el 23/4/2026 la cámara devolvió la vigencia a esos artículos, al menos provisoriamente (El Ciudadano).
El carácter provisional de la decisión implica incertidumbre legal para empleadores, sindicatos y trabajadores. Legalmente, las empresas pueden aplicar las nuevas reglas mientras subsiste la controversia; en la práctica, esto genera dudas sobre litigios futuros y sobre la interpretación de normas clave como el cálculo de indemnizaciones y la posibilidad de pago en cuotas.
¿Cómo impacta esto en el mercado laboral y el consumo?
Los cambios anunciados tienen dos efectos centrales. Primero, la modificación del cálculo indemnizatorio, que excluye ciertos rubros como aguinaldo, vacaciones y horas extras del salario computable, reduce el monto promedio de una indemnización por despido. Segundo, el Fondo de Asistencia Laboral —con aportes empresariales de entre 1% y 3% sobre los salarios— busca cubrir parte del costo de las desvinculaciones pero traslada carga corriente a las planillas salariales (El Ciudadano, 23/4/2026).
Desde el lente fiscal y social: si el ahorro por menor indemnización se traduce en menor protección para el trabajador, el efecto neto sobre el consumo puede ser negativo. Menores indemnizaciones y pagos en cuotas reducen el ingreso disponible de desvinculados y, por ende, la demanda local. En economías provinciales como Santa Fe, donde el empleo público y las paritarias condicionan el consumo regional, estos cambios requieren un análisis fino que mida cuánto reducirían los pasivos laborales y cuánto afectaría eso a la demanda agregada.
¿Qué cálculo político e institucional subyace a la medida?
Políticamente, la reforma responde a un objetivo explícito del Ejecutivo: reducir costos laborales y disminuir el poder de los sindicatos para atraer inversiones, según los argumentos oficiales reportados (El Ciudadano, 23/4/2026). Desde la óptica electoral, la movida consolida el perfil reformista del gobierno y busca traccionar respaldo en sectores empresariales. Institucionalmente, da la sensación de que la gestión pretende avanzar mientras se resuelven los recursos judiciales, lo que tensiona la relación entre Ejecutivo, Congreso y Poder Judicial.
La pregunta institucional clave es qué mecanismos de control y transparencia existirán sobre el Fondo de Asistencia Laboral y sobre los registros de empleo que justificarían menores indemnizaciones. Sin controles claros, se abre la puerta a prácticas que podrían erosionar derechos laborales sin que los datos administrativos permitan medir el impacto real.
Perspectiva provincial y exigencias editoriales
Exigimos transparencia sobre la implementación: qué rubros se tomarán efectivamente para calcular indemnizaciones, cómo se administrará el Fondo de Asistencia Laboral y qué proyecciones de corto plazo hay sobre empleo y consumo. Pedimos además una auditoría técnica independiente que cuantifique el impacto en salarios reales y en el empleo formal, con desglose por sectores y provincias. Este reclamo es coherente con nuestra posición previa: la política económica debe priorizar apoyo focalizado a salarios y pymes para sostener el consumo y el empleo.
En definitiva, la resolución del 23/4/2026 (El Ciudadano) abre la puerta a cambios estructurales en el mercado laboral. Mientras se dirime el fondo, la sociedad y los legisladores deben exigir datos fehacientes, cronogramas y controles para que cualquier modificación no signifique pérdida de derechos sin evidencia rigurosa de mejoras en empleo y productividad.