El tribunal homologó un acuerdo entre la fiscalía y la defensa que terminó con una pena de tres años de prisión de ejecución condicional para Nicolás Adriel Romero, conductor del Peugeot 206 gris, y con una inhabilitación para conducir por ocho años, según la audiencia realizada en el Centro de Justicia Penal el 20 de mayo de 2026. El siniestro ocurrió el 20 de agosto de 2023 en la intersección de Mendoza y Brasil y provocó la muerte de Mario Esquivel, de 49 años, uno de los ocupantes del Suzuki Fun involucrado, según consta en la causa.

¿Qué resolvió la justicia y por qué?

La jueza Hebe Marcogliese homologó el acuerdo entre la fiscal Mariana Prunotto y la defensa particular; el imputado aceptó un juicio abreviado y quedó condenado por homicidio culposo por conducción imprudente y antirreglamentaria, según el fallo. La pena es de 3 años de prisión de ejecución condicional y 8 años de inhabilitación para manejar, datos que figuran en la resolución judicial del 20/5/2026. En la instrucción inicial los fiscales habían imputado homicidio simple con dolo eventual y ordenaron prisión preventiva para los dos conductores el 28 de agosto de 2023, pero el avance probatorio reorientó la acusación, de acuerdo con el expediente. Vemos que la decisión judicial se apoyó en peritajes técnicos y en la revisión de imágenes de cámaras públicas que modificaron la hipótesis inicial.

¿Se probó que hubo una picada?

La fiscalía había sostenido al inicio que el choque ocurrió en el marco de una picada, basándose en indicios y un video difundido en redes, pero luego los peritos y la prueba documental llevaron a otra conclusión: el relevamiento de grabaciones desde las Cuatro Plazas hasta la esquina de Mendoza y Brasil permitió establecer que no circulaban en carrera organizada, según el expediente. Los peritos señalaron que los dos autos que iban por Mendoza circulaban a “no menos de 89 kilómetros por hora”; esa velocidad mínima fue un factor técnico clave, aunque no se pudo determinar un máximo, conforme consta en los informes periciales. Además, la alcoholemia dio positivo solo en el conductor del Suzuki Fun, lo que también influyó en cómo se atribuyeron las responsabilidades. La Fiscalía, ante esos nuevos indicios, archivó la acusación contra el otro automovilista y avanzó hacia una pena por homicidio culposo para el conductor del Peugeot.

Qué queda pendiente para la comunidad y para la prevención

La sentencia resuelve una responsabilidad penal individual, pero deja preguntas abiertas sobre prevención vial y presencia estatal en las calles. El choque ocurrió en un cruce con semáforos y en una ciudad donde la siniestralidad vial suele ser un tema recurrente; no contamos con cifras locales actualizadas en la causa sobre tasa anual de fallecimientos por siniestros viales en Rosario, por lo que reclamamos transparencia y datos públicos para comparar años y diseñar intervenciones, como hemos hecho en notas anteriores. La condena llega casi dos años y nueve meses después del siniestro (20/8/2023 vs 20/5/2026), un dato que subraya la importancia de la celeridad investigativa que exigimos para familias que esperan respuestas.

Mirada territorial e institucional

Desde nuestro lente territorial atendemos que el hecho ocurrió en barrio Belgrano, una zona transitada y con cámaras urbanas que permitieron reconstruir el recorrido; eso muestra dos cosas: la utilidad de la videovigilancia para esclarecer hechos y la necesidad de políticas públicas de movilidad que reduzcan la velocidad en ejes urbanos. Institucionalmente, destacamos que la fiscalía ajustó la acusación frente a nueva prueba técnica, lo que muestra funcionamiento del proceso, pero también señalamos la importancia de priorizar la voz familiar y de acelerar peritajes y audiencias para evitar dilaciones. Pedimos además que la Municipalidad y el Ministerio de Seguridad publiquen indicadores locales de siniestros viales y medidas implementadas, para evaluar resultados y prevenir nuevas tragedias.

En suma, vemos la resolución como una respuesta judicial parcial: pone una pena y límites para conducir, pero no sustituye la planificación pública ni la reparación simbólica hacia la familia de la víctima. Exigimos celeridad investigativa, transparencia en los datos y presencia estatal territorial que integre prevención vial y atención a las víctimas.