La Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires (Sala II) resolvió el 7 de mayo de 2026 que la actividad de plataformas como Uber, DiDi y Cabify constituye un servicio de transporte de pasajeros sujeto a licencias profesionales, seguros obligatorios y fiscalización mientras no exista una norma específica (El Ciudadano, 07/05/2026). El fallo busca equilibrar las cargas regulatorias con las que hoy soportan taxis y remises y obliga al Gobierno de la Ciudad a iniciar trámites para la percepción de Ingresos Brutos por parte de las plataformas.

¿Qué resolvió exactamente la Justicia y qué cambia mañana?

La sentencia declara que, ante la ausencia de una regulación específica, el traslado de personas a cambio de pago por plataformas debe encuadrarse como transporte público sujeto al poder de policía local. En los hechos, eso implica tres medidas que empiezan a regir hasta nueva ley: obligación de licencia de conducir tipo profesional; contratación de seguros para vehículo, conductor, pasajeros y responsabilidad civil; y la fiscalización de publicidad y controles sobre los prestadores (El Ciudadano, 07/05/2026). La Cámara se apoyó en jurisprudencia europea: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó en 2017 (20/12/2017) que Uber presta un servicio de transporte y no solo una plataforma digital, lo que marca una continuidad judicial internacional en la materia. El fallo no regula tarifas ni condiciones laborales, pero cambia el marco de cumplimiento inmediato.

¿Cómo impacta esto en lo fiscal y laboral?

Fiscalmente, la resolución obliga al Ejecutivo porteño a perseguir la inscripción de las plataformas para el cobro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, un punto clave porque hasta ahora gran parte de la operatoria no tributaba localmente según lo informado por el tribunal (El Ciudadano, 07/05/2026). Desde la lente laboral, la exigencia de licencias y seguros implica una formalización administrativa que puede reducir la precariedad si se acompaña de controles sobre contratos y aportes previsionales; pero esa transformación requiere datos: no hay estimación pública disponible sobre cuántos conductores operan en CABA hoy ni sobre el monto potencial recaudado. En términos de escala, la Ciudad Autónoma concentra 3.075.646 habitantes según el Censo INDEC 2022, frente a 46.044.703 habitantes del país (INDEC, Censo 2022), lo que ilustra que la medida afecta a un mercado urbano muy concentrado cuyo efecto fiscal puede ser relevante para la caja local.

¿Qué desafío queda para la política y para las provincias?

El fallo deja la regulación definitiva en manos del poder político: corresponde al Ejecutivo local y a la Legislatura definir requisitos, niveles de cobertura de seguro, parámetros de seguridad y régimen tributario. Desde la perspectiva federal, la sentencia porteña produce efectos de contagio: otras jurisdicciones provinciales pueden adoptar criterios similares o reclamar coordinación para evitar asimetrías entre ciudades. Vemos dos riesgos: uno, que la exigencia administrativa resulte en expulsión del mercado de conductores informales sin políticas de reconversión laboral; dos, que la falta de transparencia en la fiscalización permita eludir la recaudación prometida. Por eso exigimos que cualquier medida que busque igualar condiciones entre taxis y plataformas incluya datos públicos sobre número de conductores, estimaciones de recaudación y un calendario de implementación, además de políticas de formación y empleo formal (ver posicionamiento reciente sobre empleo y consumo y la necesidad de transformar demanda en empleo formal: nota CGT en Rosario, 07/05/2026).

Cerramos con un punto práctico: la sentencia es un paso judicial para terminar con un vacío regulatorio, pero no sustituye una política pública. La fiscalidad, la seguridad y la formalización laboral son objetivos compatibles si se hacen con datos, plazos y control. Si no hay transparencia sobre cómo se calculan tarifas reguladas, cuotas de habilitación y el destino de la recaudación local, corremos el riesgo de cambiar un vacío por una opacidad distinta; por eso la implementación será tan decisiva como la sentencia misma.